Las autoridades realizan a diario, y especialmente los fines de semana, operativos de control en los que se llevan a cabo pruebas de alcoholemia.
El proyecto de Ley referente al tema de embriaguez y reincidencia, cuyo ponente es el senador Eugenio Prieto Soto (Partido Liberal), propone reformar 25 artículos del Código de Tránsito, incluyendo la anulación de la licencia de conducción, para las personas que por su imposibilidad física o mental no puedan conducir.
Los autores de la iniciativa son los senadores Alexandra Moreno Piraquive (MIRA), Manuel Antonio Virgüez Piraquive (MIRA), Carlos Alberto Baena López (MIRA), Juan Francisco Lozano Ramírez (Partido de la U) y la representante Gloria Stella Díaz Ortiz.
De acuerdo al articulado, el permiso de conducción puede ser cancelado por decisión judicial, tras encontrar al conductor en estado de alteración transitoria (embriaguez); por reincidir en la violación de la misma norma de tránsito en un período no superior a un año y por prestar el servicio público de transporte con vehículos particulares, salvo cuando el orden público lo justifique, previa decisión en tal sentido de la autoridad respectiva.
Asimismo, el proyecto de ley faculta a las autoridades para solicitar en cualquier momento al conductor del vehículo automotor practicarse el examen de embriaguez paraclínico, el cual permitirá determinar si se encuentra conduciendo bajo el influjo o los efectos de la ingesta de bebidas alcohólicas o embriagantes, sustancias alucinógenas, estupefacientes o hipnóticas, sean naturales o sintéticas.
Si el infractor se niega a la prueba de alcohol la autoridad de tránsito solicitará a un médico que expida un certificado clínico sobre la incapacidad o imposibilidad transitoria para conducir.
Por otro lado, quien cause lesiones u homicidios en hecho o incidente vial y se demuestre que actuó bajo el influjo de bebidas alcohólicas o de sustancias alucinógenas, y abandone injustificadamente el lugar de los hechos, se hará acreedor a la suspensión de su licencia de conducción por el término de ocho (8) años.
Además de la sanción, se le impondrá, si es la primera vez, la suspensión de la licencia por un período de 2 a 4 años y la obligación de realizar un curso de sensibilización en conocimientos y consecuencias de la alcoholemia y drogadicción en centros de rehabilitación debidamente autorizados, por un mínimo de cuarenta (40) horas.
Por su parte, uno de los autores de la iniciativa, el senador Carlos Alberto Baena (MIRA), afirmó que "con la iniciativa se busca avanzar en materia de seguridad vial en Colombia, castigando a las personas que consuman licor y conduzcan al mismo tiempo, así mismo en caso de reincidencia en el estado de alteración transitoria, se aplicará la sanción de cancelación de la licencia".
Así mismo, el senador Juan Manuel Galán (Partido Liberal), en la discusión de la iniciativa afirmó "que en el Congreso debería empezar a cambiar el espíritu de la legislación, dejando a un lado de los pensamientos de sanción y empezar adentrarnos en una política de prevención".

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