viernes, 21 de septiembre de 2012

Publicado en Gaceta oficial acuerdo de alcance parcial

Aspecto del foro que se llevó a cabo en las instalaciones de la Aduana Principal de San Antonio del Táchira, sobre los alcances del recién publicado Acuerdo de Alcance Parcial entre Venezuela y Colombia.
 
Mediante un foro que se cumplió en el auditorio de la Aduana Principal de San Antonio del Táchira, dirigido a auxiliares de la administración aduanera, se dio a conocer los alcances del Acuerdo de Alcance Parcial de Naturaleza Comercial entre la República Bolivariana de Venezuela y la República de Colombia, publicado en la Gaceta Oficial Extraordinaria No. 6.082 del 20 de agosto de 2012.

Los asistentes, en los que se contaban importadores y exportadores de la frontera, conocieron pormenores del Acuerdo suscrito en Caracas el 28 de noviembre de 2011 por los presidentes Hugo Chávez Frías y Juan Manuel Santos Calderón, y los anexos rubricados en Cartagena el 15 de abril de 2012, por los cancilleres Nicolás Maduro y María Ángela Holguín.

Contiene las normas, pautas y reglas para el intercambio comercial entre Colombia y Venezuela, que desde la salida de la nación Bolivariana de la Comunidad Andina de Naciones (CAN) se había quedado sin un marco jurídico que lo regulara.

Desde el 23 de abril de 2011, se estableció un régimen temporal de aplicación por 90 días, similar al que existía al interior de la CAN, que fue prorrogado en dos oportunidades.

La medida que fue tomada en ese momento estaba en fase de culminación, lo que agilizó la firma del Acuerdo entre Colombia y Venezuela, el cual fue publicado en la Gaceta Oficial de Venezuela, que requiere todavía la consignación y aprobación definitiva por parte de la Secretaría de la Asociación Latinoamericana de Integración (Aladi) o Tratado de Montevideo, a los efectos de que sea aplicado de manera definitiva.

Ese organismo multilateral debe darle un visto bueno al contenido del Acuerdo suscrito, vigilando que no se extralimite en lo que establece el acuerdo base, según lo expresado en el foro.

Una vez publicado el Decreto en Gaceta oficial concluye el proceso interno en Venezuela para la entrada en vigencia del referido instrumento. Queda pendiente la aprobación por parte del Congreso de la República de Colombia, ratificación por parte del Ejecutivo Nacional y la respectiva publicación, para que ambos países notifiquen ante la Secretaría de la Aladi en Montevideo.

El Acuerdo entrará en vigencia a partir de la fecha en que la Secretaría General de la Aladi comunique a Las Partes la recepción de la última de las comunicaciones mediante las cuales dichas partes notifiquen el cumplimiento de los requisitos establecidos en sus respectivos ordenamientos jurídicos, previa su publicación en el Diario Oficial.

Lo que sigue

Las autoridades aduaneras expresaron, que se mantienen a la esperan de la instrucción precisa a los efectos de los cambios de los sistemas y de la aplicación del procedimiento, que regirá en adelante para el comercio binacional.

Agregaron, que uno de los puntos más importantes tiene que ver con el tratamiento preferencial arancelario.

Así mismo, las normas de origen, que son las más extensas y las que más tratamiento tienen, debido a que existe una visión especial en el sentido que el origen determina la naturaleza del acuerdo, es decir que si la mercancía es originaria o cumple con unos requisitos de origen se le aplica el desgravamen arancelario.

El Acuerdo de Alcance Parcial contempla unos 4.000 productos, que están en los apéndices A y B del documento, sin embargo no es el universo arancelario y tiene limitaciones en cuanto a otros factores que intervienen en el intercambio comercial.

Los funcionarios de la Aduana Principal de San Antonio manifestaron que el Acuerdo, que entra en vigencia, refleja la voluntad política de los presidentes de Colombia y Venezuela, por cuanto lo impulsaron para que sea una realidad.

La idea del foro fue que los actores que tiene que ver con el servicio aduanero y los procesos de importación y exportación, conozcan y se empapen de los alances del acuerdo.

En la actualidad se mantienen las condiciones que estaban para el momento que Venezuela renunció a la Comunidad Andina de Naciones (CAN), con un comercio que está fluyendo de manera normal y que presenta un importante repunte.

El Acuerdo

Colombia y Venezuela convinieron en celebrar el presente Acuerdo de Alcance Parcial Comercial de conformidad con lo establecido en el Tratado de Montevideo 1980 y la Resolución Número 2 del Consejo de Ministros de Relaciones Exteriores de la Asociación Latinoamericana de Libre Comercio (Alalc).

El Acuerdo tiene por objeto definir el tratamiento preferencia aplicable a las importaciones de productos originarios de Las Partes, con el fin de promover el desarrollo económico y productivo de ambos países, a través del fortalecimiento de un intercambio comercial bilateral justo, equilibrado y transparente.

Fuente: La Opinion.com.co

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