jueves, 14 de abril de 2011

Gobierno propone una nueva ley de Régimen Municipal


El Ministro del Interior y de Justicia, Germán Vargas Lleras, radicó este miércoles ante la Secretaría de la Cámara de Representantes el proyecto de ley de Régimen Municipal, que tiene como propósito modernizar los municipios, los concejos y las juntas administradoras locales.

La radicación de la iniciativa contó con la presencia del presidente de Fedemunicipios, Gilberto Toro.

Según Vargas Lleras, “este es un nuevo estatuto que aborda numerosos aspectos, como las competencias (de autoridades), las funciones (de cada entidad), la forma en que los municipios se relacionan con los departamentos y con la Nación”.

El ministro señaló que el actual Código de Régimen Municipal fue expedido antes de la Constitución Política de 1991 y por esa razón la iniciativa pretende “entregarles herramientas a las alcaldías de manera que puedan diversificar su desarrollo en función de sus capacidades y fortalezas, para hacerlas más competitivas y promover su desarrollo en consonancia con el ordenamiento territorial”.

Entre las novedades que propone la ley se encuentra la creación de nuevas especialidades para cada municipio según sus énfasis; así, podrían ser: ambientales, turísticos, de frontera, portuarios o aduaneros. Su clasificación sería objeto de una reglamentación posterior.

Así mismo, la iniciativa contempla que los alcaldes “podrán celebrar contratos dirigidos a atender situaciones de desastres o riesgos inminentes y seguridad, sin que necesiten para estos casos específicos autorización del Concejo Municipal”. Esto con el fin de fortalecer a los municipios para afrontar las emergencias ambientales. 

El proyecto también estipula que los concejos municipales deberán tener en cuenta la participación de las comunidades en la manera como será invertido el presupuesto, según las necesidades y las prioridades, es decir que el presupuesto participativo será una práctica generalizada en todas las localidades.

Principales puntos del proyecto de Ley


- Se crean nuevas tipologías de municipios para asignación de competencias y traslado de recursos, con el fin de diversificar funciones, según su capacidad fiscal, política y administrativa, sin modificar las categorías fiscales de la Ley 617.

- Se desarrollan los principios de complementariedad, concurrencia y subsidiariedad para asegurar el adecuado engranaje de la gestión de todos los niveles del gobierno.

- Los municipios de frontera podrán celebrar convenios con entidades territoriales limítrofes del mismo nivel para adelantar programas de cooperación e integración que fomenten el desarrollo comunitario, la prestación  de servicios públicos y la preservación del medio ambiente.

- Los alcaldes deberán liderar, desarrollar y promover planes integrales de seguridad y convivencia ciudadana, para garantizar instrumentos efectivos contra la delincuencia urbana.

- Los concejos municipales podrán constituir presupuestos participativos para apoyar la inversión social en los corregimientos o comunas.

- Los concejales tendrán capacitación y formación gratuita a cargo de la Escuela de Administración Pública, Esap, y el Sena, teniendo en cuenta que cerca de 80 por ciento de los cerca de 12.500 concejales del país carecen de formación profesional.

- Los ediles apoyarán las normas de convivencia ciudadana en lo local, el desarrollo y el uso del suelo.

- Los alcaldes podrán celebrar contratos dirigidos a atender situaciones de desastres o riesgos inminentes y seguridad, sin que necesiten para estos casos específicos autorización del Concejo Municipal.

- Se establecen criterios para la determinación de los hechos metropolitanos que afectan a las áreas urbanas y se fijan elementos procedimentales en lo relacionado con la Conversión de las Áreas Metropolitanas en Distritos.


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