El alcalde de Cúcuta les ha propuesto varias alternativas a los vendedores informales que, sin embargo, se empeñan en seguir invadiendo el espacio público.
Una lluvia de tutelas inundó la oficina jurídica de la alcaldía de Cúcuta el pasado mes de septiembre. Fue tal la cantidad, que el número de abogados de ese despacho tuvo que ser reforzado por juristas externos para dar respuesta a las 250 acciones de esta naturaleza que se presentaron en contra de la administración municipal.
Las tutelas, interpuestas por vendedores informales que fueron desalojados del centro de la ciudad, buscaban reivindicar los derechos al trabajo y el mínimo vital, presuntamente vulnerados por la política de recuperación de espacio público adelantada por la administración municipal.
Estas acciones, que fueron admitidas en los juzgados 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 8º penales municipales con función de garantías; civiles municipales 2º, 3º, 4º, 6º, 7º, 8º, 9º; el 6º civil del circuito y el 2º penal del circuito para adolescentes, entre otros, amenazaron con colapsar la oficina jurídica de la alcaldía.
Según Donamaris Ramírez Lobo, alcalde de la ciudad, las acciones de tutela se presentaron a manera de formato, es decir, los accionantes se limitaron a firmar y consignar el número de cédula y lugar de residencia.
“En ellas se leía que en los operativos adelantados por personal de la Policía Nacional no se mediaba procedimiento administrativo alguno. Igual, que la alcaldía era permisiva con la actividad de los vendedores informales y la ciudadanía tolerante con ellos al adquirir los productos que venden”, agregó Ramírez.
Según el alcalde, no es cierto que durante los operativos de desalojo se haya violentado el derecho al trabajo, como tampoco que es política de su administración hacer más pesada la situación de estos ciudadanos.
Sin embargo, Ramírez fue enfático al afirmar que es una obligación constitucional implementar medios correctivos para garantizar un espacio público adecuado, sin violentar los derechos de los demás ciudadanos.
“La jurisprudencia reconoce que la recuperación del espacio público es un deber constitucional y que la limitante al ejercicio que hacen los vendedores informales en él, tiene unas reglas que no pueden ser consideradas como un impedimento para la libertad de las personas”, manifestó.
Por eso, agregó, la administración que preside ha propuesto fórmulas para que los vendedores puedan ejercer su actividad de manera ordenada, en lugares como el Centro Comercial Oití, Centro Comercial Las Mercedes, el Parque Lineal, y para los vendedores de perecederos, en la Nueva Sexta.
Fue por esta razón que los jueces encargados de fallar las tutelas coincidieron en declararlas improcedentes, argumentando que la Constitución Política le ha impuesto al Estado colombiano el deber de velar por la integridad y destinación al uso común del espacio público, pues este es un bien que no se puede vender, embargar u ocupar.
Los jueces de tutela también sostuvieron que la alcaldía de Cúcuta, en su interés por la recuperación del espacio público, ha procurado armonizar los intereses y derechos de los vendedores informales, además de mejorar el tránsito por las diferentes calles del centro de la ciudad.
Los fallos destacaron que la alcaldía ha sido respetuosa del trámite administrativo para adelantar la recuperación del espacio público, en la medida en que generó la información correspondiente y dispuso la ubicación temporal de los vendedores en zonas destinadas para tal fin, como se desprende del acta del pasado 13 de enero, suscrita con los sindicatos que agrupan a estos ciudadanos.
Los jueces lamentaron que varios de los accionantes hayan manifestado su inconformidad contra la administración, recurriendo a esta acción constitucional de la tutela, sin siquiera exponer las razones por las cuales no se acogieron al proceso de reubicación correspondiente.
“Los vendedores informales gritaban que se les estaban vulnerando derechos fundamentales, pero, al mismo tiempo, no aportaban las pruebas que sostuvieran sus afirmaciones sobre el supuesto incumplimiento de mi administración respecto de su reubicación”, finalizó diciendo Ramírez, al tiempo que ratificó su compromiso de proteger el espacio público.
Las tutelas, interpuestas por vendedores informales que fueron desalojados del centro de la ciudad, buscaban reivindicar los derechos al trabajo y el mínimo vital, presuntamente vulnerados por la política de recuperación de espacio público adelantada por la administración municipal.
Estas acciones, que fueron admitidas en los juzgados 1º, 2º, 3º, 4º, 5º, 6º, 8º penales municipales con función de garantías; civiles municipales 2º, 3º, 4º, 6º, 7º, 8º, 9º; el 6º civil del circuito y el 2º penal del circuito para adolescentes, entre otros, amenazaron con colapsar la oficina jurídica de la alcaldía.
Según Donamaris Ramírez Lobo, alcalde de la ciudad, las acciones de tutela se presentaron a manera de formato, es decir, los accionantes se limitaron a firmar y consignar el número de cédula y lugar de residencia.
“En ellas se leía que en los operativos adelantados por personal de la Policía Nacional no se mediaba procedimiento administrativo alguno. Igual, que la alcaldía era permisiva con la actividad de los vendedores informales y la ciudadanía tolerante con ellos al adquirir los productos que venden”, agregó Ramírez.
Según el alcalde, no es cierto que durante los operativos de desalojo se haya violentado el derecho al trabajo, como tampoco que es política de su administración hacer más pesada la situación de estos ciudadanos.
Sin embargo, Ramírez fue enfático al afirmar que es una obligación constitucional implementar medios correctivos para garantizar un espacio público adecuado, sin violentar los derechos de los demás ciudadanos.
“La jurisprudencia reconoce que la recuperación del espacio público es un deber constitucional y que la limitante al ejercicio que hacen los vendedores informales en él, tiene unas reglas que no pueden ser consideradas como un impedimento para la libertad de las personas”, manifestó.
Por eso, agregó, la administración que preside ha propuesto fórmulas para que los vendedores puedan ejercer su actividad de manera ordenada, en lugares como el Centro Comercial Oití, Centro Comercial Las Mercedes, el Parque Lineal, y para los vendedores de perecederos, en la Nueva Sexta.
Fue por esta razón que los jueces encargados de fallar las tutelas coincidieron en declararlas improcedentes, argumentando que la Constitución Política le ha impuesto al Estado colombiano el deber de velar por la integridad y destinación al uso común del espacio público, pues este es un bien que no se puede vender, embargar u ocupar.
Los jueces de tutela también sostuvieron que la alcaldía de Cúcuta, en su interés por la recuperación del espacio público, ha procurado armonizar los intereses y derechos de los vendedores informales, además de mejorar el tránsito por las diferentes calles del centro de la ciudad.
Los fallos destacaron que la alcaldía ha sido respetuosa del trámite administrativo para adelantar la recuperación del espacio público, en la medida en que generó la información correspondiente y dispuso la ubicación temporal de los vendedores en zonas destinadas para tal fin, como se desprende del acta del pasado 13 de enero, suscrita con los sindicatos que agrupan a estos ciudadanos.
Los jueces lamentaron que varios de los accionantes hayan manifestado su inconformidad contra la administración, recurriendo a esta acción constitucional de la tutela, sin siquiera exponer las razones por las cuales no se acogieron al proceso de reubicación correspondiente.
“Los vendedores informales gritaban que se les estaban vulnerando derechos fundamentales, pero, al mismo tiempo, no aportaban las pruebas que sostuvieran sus afirmaciones sobre el supuesto incumplimiento de mi administración respecto de su reubicación”, finalizó diciendo Ramírez, al tiempo que ratificó su compromiso de proteger el espacio público.
No hay comentarios:
Publicar un comentario