miércoles, 12 de marzo de 2014

Medio salario mínimo deben pagar los malparqueados


El decreto 0340 del 27 de junio de 2012 prohíbe el parqueo de vehículos en varios sectores de la ciudad.

En el mapa se muestra la zona del centro con las direcciones en donde no se debe parquear.

Además de estas direcciones se prohíbe el parqueo en lugares como la avenida Gran Colombia excepto la bahía del edificio Leydi; la calle novena entre avenidas 3E y 4E, parte posterior del palacio de justicia.

La avenida 11E (avenida Guaimaral) entre la avenida Gran Colombia y la calle 8BN, la calle 2N (Los Pinos) entre la avenida Cero y la avenida Libertadores, la calle primera (Faroles) entre la avenida Cero y 12E. 

Toda la avenida Demetrio Mendoza y Camilo Daza, la avenida séptima vía Panamericana desde la glorieta Eliseo Peñaranda en la intersección de la avenida Libertadores hasta la glorieta de la cárcel Modelo.

Los que incumplan la norma serán sancionados con una multa de quince salarios mínimos legales diarios vigentes que es impuesta por la Secretaría o Policía de Tránsito, quienes podrán llevarse con una grúa los vehículos que estén en zonas prohibidas.

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