La Comisión Primera del Senado aprobó este martes un proyecto de ley en el que se establece una pena de cárcel hasta de 20 años a los autores de ataques con ácido.
Luego de una semana en la que los ataques con ácido afectaron en Bogotá a dos menores de edad, la Comisión I del Senado aprobó este martes un proyecto de ley en el que se establece una pena de cárcel hasta de 20 años a los autores de estas acciones.
El ponente de la iniciativa, senador Luis Fernando Velasco, explicó que no se creó un nuevo delito, sino que se modifica el Código Penal en su artículo de lesiones personales y se crea la circunstancia de agravación, para la cual se determinan algunas categorías y dependiendo de las mismas irán las condenas.
Explicó Velasco que "las lesiones personales se agravan cuando sea con ácidos o una sustancia que dañe el rostro o el cuerpo de la persona, ese sólo hecho hace que se le impute cargos al autor del ataque y cuyas penas estén entre 10 y 20 años".
En el debate se pidió por parte del senador Parmenio Cuéllar, que se precise en la ponencia que este delito se aplicará, no sólo a los ataques con ácidos, sino que también se incluyen otro tipo de sustancias, entre ellas las corrosivas, las cuales son iguales o más de graves.
El ponente dijo que la ley busca judicializar a quien realice ataques contra mujeres, menores de edad, personas a quienes su trabajo les obligue a estar continuamente en contacto con el público, como por ejemplo los sacerdotes, pastores o quienes dependen de su rostro y cuerpo para su trabajo, como lo son los modelos.
Precisó el senador Velasco, que la futura ley adicionalmente quiere que los afectados por este tipo de ataques puedan ser atendidos directamente por el Estado, tanto en los aspectos médicos para su atención, como también en lo referente a la asistencia sicológica.
El proyecto de ley, recoge dos iniciativas: la del representante Oscar Marín, y la del Partido Mira. De la misma manera, se dispone una nueva reglamentación para que la Superintendencia de Salud disponga de unas nuevas medidas para la comercialización de todos estos tipos de líquidos y de ácidos.
El proyecto pasa a la plenaria a su segundo debate.
El ponente de la iniciativa, senador Luis Fernando Velasco, explicó que no se creó un nuevo delito, sino que se modifica el Código Penal en su artículo de lesiones personales y se crea la circunstancia de agravación, para la cual se determinan algunas categorías y dependiendo de las mismas irán las condenas.
Explicó Velasco que "las lesiones personales se agravan cuando sea con ácidos o una sustancia que dañe el rostro o el cuerpo de la persona, ese sólo hecho hace que se le impute cargos al autor del ataque y cuyas penas estén entre 10 y 20 años".
En el debate se pidió por parte del senador Parmenio Cuéllar, que se precise en la ponencia que este delito se aplicará, no sólo a los ataques con ácidos, sino que también se incluyen otro tipo de sustancias, entre ellas las corrosivas, las cuales son iguales o más de graves.
El ponente dijo que la ley busca judicializar a quien realice ataques contra mujeres, menores de edad, personas a quienes su trabajo les obligue a estar continuamente en contacto con el público, como por ejemplo los sacerdotes, pastores o quienes dependen de su rostro y cuerpo para su trabajo, como lo son los modelos.
Precisó el senador Velasco, que la futura ley adicionalmente quiere que los afectados por este tipo de ataques puedan ser atendidos directamente por el Estado, tanto en los aspectos médicos para su atención, como también en lo referente a la asistencia sicológica.
El proyecto de ley, recoge dos iniciativas: la del representante Oscar Marín, y la del Partido Mira. De la misma manera, se dispone una nueva reglamentación para que la Superintendencia de Salud disponga de unas nuevas medidas para la comercialización de todos estos tipos de líquidos y de ácidos.
El proyecto pasa a la plenaria a su segundo debate.
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