sábado, 30 de agosto de 2014

Polémica por remolque de motocicletas sin acatar lo estipulado en la Ley

SI LOS CONDUCTORES ENCUENTRAN QUE SU VEHÍCULO aún no ha sido llevado en la grúa por mal parqueo puede solicitar su devolución en el sitio y pedir la multa correspondiente. 

Aunque es obligación de los conductores dejar sus vehículos parqueados en sitios adecuados, numerosas denuncias ciudadanas contra las autoridades las acusan de cometer atropellos con los motociclistas.

Las denuncias acusan a la alcaldía y al Grupo Empresarial Andino S.A. de desconocer la ley 769 de 2002, sobre el remolque de vehículos. 

Todo tiene que ver con el hecho de que según el artículo 72 de la ley, “no se podrá remolcar más de un vehículo a la vez” en las grúas contratadas para el efecto.

En Cúcuta es frecuente ver varias motocicletas en las grúas contratadas por la secretaría de Tránsito, que las transportan al sitio destinado a los vehículos retenidos.

El problema está en que el Grupo Empresarial Andino le cobra a cada motociclista como si su moto hubiera sido remolcada sola. Así, un viaje que está tasado en 39 mil pesos, le deja a los grueros hasta 10 veces más.

Según Gerson Martínez, quien tiene la motocicleta XQG-77, en dos ocasiones ha tenido que ver cómo se llevan su moto por dejarla mal parqueada. Su protesta tiene que ver con que le cobren 39 mil pesos, cuando en la grúa van otros vehículos.

El 20 de marzo, el motociclista Jean Carlos Sánchez radicó ante el Grupo Empresarial Andino S.A. un derecho de petición preguntando lo mismo que Martínez cuestiona con razón. 

“En días recientes veía como en una grúa arrumaban más de 15 motos... Ahora les pregunto: ¿está permitido que en un servicio de grúa, que se cobra individual a cada infractor, se pueda compartir?”

La pregunta infiere que para el Grupo Empresarial Andino no es legal cobrar por separado a cada motociclista los 39 mil pesos por el servicio de grúa, pues solo hubo un viaje.
 

Grupo empresarial se blinda

La Opinión visitó al Grupo Empresarial Andino S.A. y formuló la misma pregunta, a la que  respondieron diciendo que “las grúas no imparten comparendos,ni dan ordenes de tránsito. Existen unas especificaciones para las grúas y sus plataformas están adecuadas para cargar varios vehículos (motocicletas) y el número depende de los operativos que establezca la Policía o la Secretaría de Tránsito”. 

El subcomandante de Tránsito, Jhon Jairo Mendoza, dijo que ellos ordenan la inmovilización de la moto, pero que son la alcaldía y el Grupo Empresarial Andino S.A. los que definen cómo llevarlas hasta los patios.

 Se le hizo la misma pregunta a la secretaría de Tránsito, pero este dijo que la concesión a las grúas las hizo la alcaldía a través de la secretaría Jurídica, y que además este contrato se firmó hace más de 10 años.

Según el secretario Jurídico de la alcaldía, Mauricio Quintero, el contrato se firmó por unos veinte años en la época del alcalde José Fernando Bautista (1999), sin dar más precisiones. 

El funcionario no dio detalles sobre si es legal o no montar más de una moto a la vez.

De ser ilegal esta actuación del concesionario, por más de 10 años esta empresa ha hecho cobros excesivos por el remolque de una moto involucrada en una violación de las normas de tránsito. 

El municipio recobra sólo un porcentaje a la grúa por su servicio.

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